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* NOS DON FRANCISCO XAVIER DE LIZANA Y BEAUMONT, por la gracia de Dios y de la Santa Sede Apostólica Arzobispo de México, Caballero Gran Cruz de la Real y Distinguida Orden Española de Carlos III, del Consejo de S. M. &c. .ABIENDO llegado á nuestra notipia, que varias personas de esta Ciudad de México y otras poblaciones del Arzobispado, disputan, y por ignorancia ó por malicia han llegado á afirmar no ser válida ni dimanar de autoridad legítima la declaración de haber incurrido ó incurrir en excomunión las personas respectivamente nombradas é indicadas en el Edicto, que con fecha de 24 de Septiembre último expidió y mandó publicar el Illmó. Señor Dan Manuel Abad Queipo, Canónigo Penitenciario de la Santa Iglesia de Vaíladolid, Obispo electo y Gobernador de aquel Obispado: siendo como son estas conversaciones y disputas sumamente perjudiciales á la quietud de tas conciencias y del público por qualquiera parte que se miren .; hemos tenido por necesario expedir el presente Edicto , por el qual hacemos saber, que dicha declaración está hecha por Superior legítimo con entero arreglo á derecho, y que los fieles cristianos están obligados en conciencia pena de pecado mortal, y de quedar excomulgados, á la observancia de lo que la misma declaración previene, la qual hacemos también Nos por lo respectivo al territorio de nuestra jurisdicción. Asimismo, y para cortar de raíz semejantes conversaciones, que no pueden dexar de ser semilla fecunda de discordias, mandamos por el presente Edicto, pena de excomunión mayor ipso fado incur- renda y que no se dispute sobre la mencionada declaración de excomunión hecha y publicada por dicho Ilímó. Señor Obispo electi y Gobernador del Obispado de VaJladol^ pre^; niendo que sirve este Edicto de monición , y que á mas de proceder contra los coritravefK tores, daremos cuenta donde corresponda. Y para que llegue á noticia de todos y nadie pueda alegar ignorancia, mandamos que se publique el presente en todas las Iglesias de esta Ciudad y Arzobispado en día festivo al tiempo del Ofertorio de la Misa conventual, y publicado se fixe en las puertas de l|s mismas. Dado en nuestro Palacio Arzobispal de la Ciudad de México, firmado de nuestra mano, sellado con el de nuestras Armas, y refrendado por nuestro infrascripto Secretario de Cámara y Gobierno á once dias del mes de Octubre del año de mil ochocientos diez. Francisco Arzobispo de México Por mandado de S. E. Illmá. el Arzobispo mi Señor. Dr. D, Domingo Hernández Secretario.
Object Description
Title | Nos Don Francisco Xavier de Lizana y Beaumont... Habiendo llegado a? nuestra noticia, que varias personas de esta Ciudad de Me?xico y otras poblaciones del Arzobispado... |
Creator | Francisco Arzobispo de Mexico |
Publisher | Por mandado de S.E. Illma el Arzobispo mi Senor |
Contributors | Dr. D. Domingo Hernandez, secretario |
Original Format | Leaflets |
Type | Text |
File Format | image/tiff |
Extent | 1 page |
Dimensions | 42 cm. |
Identifier | SC MS 0216.280 |
OCLC Number | 20028436 |
Source | SC MS 0216 Mexican Pamphlets |
Language | spa |
Rights | http://rightsstatements.org/vocab/NoC-US/1.0/ |
Collection | SC MS 0216 Mexican Pamphlets |
Capture Device | CopiBook COBALT HD |
Staff | Shaenna Ameer |
PPI | 300 |
Date Digitized | 2018-10-31 |
Description
Title | [Page 1] |
Type | Text |
File Format | image/tiff |
Identifier | SC MS 0216.280.001 |
Rights | http://rightsstatements.org/vocab/NoC-US/1.0/ |
Collection | SC MS 0216 Mexican Pamphlets |
Capture Device | CopiBook COBALT HD |
Staff | Shaenna Ameer |
PPI | 300 |
Date Digitized | 2018-10-31 |
Full Text | * NOS DON FRANCISCO XAVIER DE LIZANA Y BEAUMONT, por la gracia de Dios y de la Santa Sede Apostólica Arzobispo de México, Caballero Gran Cruz de la Real y Distinguida Orden Española de Carlos III, del Consejo de S. M. &c. .ABIENDO llegado á nuestra notipia, que varias personas de esta Ciudad de México y otras poblaciones del Arzobispado, disputan, y por ignorancia ó por malicia han llegado á afirmar no ser válida ni dimanar de autoridad legítima la declaración de haber incurrido ó incurrir en excomunión las personas respectivamente nombradas é indicadas en el Edicto, que con fecha de 24 de Septiembre último expidió y mandó publicar el Illmó. Señor Dan Manuel Abad Queipo, Canónigo Penitenciario de la Santa Iglesia de Vaíladolid, Obispo electo y Gobernador de aquel Obispado: siendo como son estas conversaciones y disputas sumamente perjudiciales á la quietud de tas conciencias y del público por qualquiera parte que se miren .; hemos tenido por necesario expedir el presente Edicto , por el qual hacemos saber, que dicha declaración está hecha por Superior legítimo con entero arreglo á derecho, y que los fieles cristianos están obligados en conciencia pena de pecado mortal, y de quedar excomulgados, á la observancia de lo que la misma declaración previene, la qual hacemos también Nos por lo respectivo al territorio de nuestra jurisdicción. Asimismo, y para cortar de raíz semejantes conversaciones, que no pueden dexar de ser semilla fecunda de discordias, mandamos por el presente Edicto, pena de excomunión mayor ipso fado incur- renda y que no se dispute sobre la mencionada declaración de excomunión hecha y publicada por dicho Ilímó. Señor Obispo electi y Gobernador del Obispado de VaJladol^ pre^; niendo que sirve este Edicto de monición , y que á mas de proceder contra los coritravefK tores, daremos cuenta donde corresponda. Y para que llegue á noticia de todos y nadie pueda alegar ignorancia, mandamos que se publique el presente en todas las Iglesias de esta Ciudad y Arzobispado en día festivo al tiempo del Ofertorio de la Misa conventual, y publicado se fixe en las puertas de l|s mismas. Dado en nuestro Palacio Arzobispal de la Ciudad de México, firmado de nuestra mano, sellado con el de nuestras Armas, y refrendado por nuestro infrascripto Secretario de Cámara y Gobierno á once dias del mes de Octubre del año de mil ochocientos diez. Francisco Arzobispo de México Por mandado de S. E. Illmá. el Arzobispo mi Señor. Dr. D, Domingo Hernández Secretario. |
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